EUTANASIA
JANO.es · 23 marzo 2009
La defensa solicita la absolución dado que el acusado respondió a las peticiones del paciente y sus familiares y pensó que actuaba correctamente y de forma lícita
La fiscalía de Tarragona pide 10 años de cárcel por homicidio para Marcos A. H. G., que trabajaba como médico en el Hospital Comarcal de Móra de Ebre cuando fue acusado de matar a una enferma terminal de 82 años inyectándole cloruro potásico.
La defensa alega que fue la enferma y sus familiares los que pidieron que se cesara su sufrimiento, por lo que solicita la absolución dado que el acusado pensó que actuaba correctamente y de forma lícita. Este lunes se hará en la sección Segunda de la Audiencia de Tarragona la selección del jurado y el juicio se iniciará el martes.
Los hechos sucedieron la madrugada del 29 de marzo de 2005. La mujer había ingresado horas antes en el hospital con una hipotensión arterial que empeoró derivando a un infarto masivo, shock hipovolémico y descompensación metabólica. Los médicos consideraron su estado terminal con una muerte prevista, por fallo multiorgánico, en minutos u horas.
La familia accedió a que se sedara la mujer para que no sufriera aunque “no pretendiendo con ello dejar de administrarle el tratamiento terapéutico”, según especifica el fiscal, quien añade que ni la paciente ni los familiares pidieron que se pusiera fin a su vida o estuvieron de acuerdo con ello. La defensa ofrece otra versión y apunta a que se acordó finalizar con el tratamiento y tanto la mujer como la familia pidieron que se acabara con el sufrimiento.
Después de sedarla, el acusado entró en la habitación y le suministró 60 miligramos de cloruro potásico. El fiscal entiende que lo hizo “a sabiendas del efecto letal de la sustancia” y creyendo que su comportamiento era “lícito y permitido”, un hecho que también comparte la defensa.
Además, dejó constancia de esta administración letal en la historia clínica de la paciente. Fue el propio centro médico el que informó el juez y despidió el facultativo tras conocer los hechos. La familia de la víctima ha renunciado a la acción civil y penal.
La defensa entiende que no existe ningún delito o si acaso sería el de inducción al suicidio con la eximente de error invencible sobre la ilicitud del hecho, por que el médico actuó sin saber que podía estar cometiendo un delito contemplado en el Código Penal español.