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GESTIÓN SANITARIA

Acordado el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos del SNS

JANO.es · 03 junio 2009

Sanidad y las CC.AA. acuerdan los datos que deben ser recogidos en los documentos clínicos necesarios para desarrollar la Historia Clínica Digital

El Ministerio de Sanidad y Política Social y las Comunidades Autónomas han acordado en el día de hoy los datos que deben ser recogidos en los documentos clínicos necesarios para desarrollar la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud.
 
Así, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) reunido hoy en Mérida (Badajoz) ha dado luz verde al real decreto que regula este conjunto mínimo de datos, con lo que da “un nuevo paso en la cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS)”, según señala el Ministerio de Sanidad en un comunicado.
 
En concreto, el conjunto mínimo de datos se que incorporará a los documentos electrónicos que servirán de base para la Historia Clínica Digital del SNS son los informes de hospitalización; de consulta de especialidades; de atención de urgencias; de consulta de atención primaria; de resultados de pruebas de laboratorio; de resultados de pruebas de imagen; de cuidados de enfermería; y la historia clínica resumida (HCR).
 
Todos estos documentos “deberán servir para mejorar y agilizar la asistencia de los pacientes y el trabajo de los profesionales sanitarios que los atiendan”, señala el ministerio, que destaca que en ellos “se describen los detalles de los diferentes episodios de atención de la biografía sanitaria de los pacientes, quienes hasta el momento recibían esta información en papel”.
 
El conjunto mínimo de datos supone “un instrumento consensuado para recoger la información clínica esencial de manera estandarizada, lo que garantiza el mismo grado de calidad en los documentos de salud de todos los ciudadanos que deban recibir atención sanitaria, independientemente del territorio en el que residan habitualmente”. Asimismo, también apunta que la definición de estos contenidos mínimos de datos para el SNS “no impide, sin embargo, que cada Comunidad Autónoma amplíe cada uno de los informes con los datos de salud que considere oportunos”.
 
El objetivo es “facilitar el acceso de los profesionales y ciudadanos a aquellos datos de las historias clínicas de los pacientes que son relevantes desde el punto de vista de la asistencia sanitaria”. Este conjunto de datos ha sido consensuado por el propio ministerio con las CC.AA. y con sociedades científicas médicas y de enfermería.

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