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METABOLISMO

Supervivencia en condiciones de hipoxia

JANO.es · 07 enero 2008

La ausencia o bloqueo de una proteína llamada PHD1 permite al tejido muscular sobrevivir en situaciones de falta de oxígeno, un hallazgo con interesantes implicaciones médicas en diversos ámbitos

El Consejo de Ministros del pasado 15 de septiembre aprobó 2 normas de gran importancia sanitaria: el real decreto que actualiza la Cartera de Servicios Comunes del SNS —que actualiza la hasta ahora vigente, que data de 1995—, y el proyecto de ley de investigación biomédica, del que informaremos en el próximo número de JANO.

En cuanto a la Cartera de Servicios, el decreto garantiza el derecho a recibir las mismas prestaciones sanitarias en todas las comunidades autónomas y con las mismas condiciones e idénticas garantías. Sin embargo, y como hasta ahora, las comunidades podrán aprobar sus propios catálogos de prestaciones, que incluirán al menos el común al SNS. El Consejo Interterritorial conocerá, debatirá y, en su caso, emitirá recomendaciones sobre el establecimiento por parte de las regiones de prestaciones complementarias.

Tal y como ocurre ahora, y aunque en todas las comunidades existen prácticamente las mismas prestaciones, aquellos ciudadanos que necesiten una no disponible en su lugar de residencia, y que esté incluida en esta cartera común, tendrán garantizada la atención en el lugar en el que puedan facilitársela.

El texto aprobado también contempla el procedimiento para actualizar este catálogo mediante la evaluación de las nuevas técnicas, tecnologías o procedimientos por parte del Ministerio de Sanidad, a través de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y en colaboración con otros órganos evaluadores propuestos por las comunidades.

La ministra de Sanidad, Elena Salgado, manifestó que esta cartera es fruto de un amplio consenso en el seno del Consejo Interterritorial que ha supuesto muchos meses de trabajo: “Pretendemos garantizar que todos los ciudadanos tengan una atención sanitaria de calidad en condiciones de igualdad efectiva, y fortaleceremos, por tanto, la cohesión y la vertebración de nuestro sistema público de salud”.

Principales novedades

– Salud pública. Se incluye por primera vez entre las prestaciones.

– Atención primaria. Se especifican más los servicios, como es el caso de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos; la rehabilitación básica; la atención paliativa; las actividades de prevención y promoción de la salud; los servicios de atención a la mujer, al niño, a los enfermos crónicos, a las personas mayores y la atención domiciliaria; o la atención a la salud bucodental, que incluye la atención a los niños menores de 14 años y la atención a la patología aguda odontológica y las extracciones en los adultos, como hasta ahora, pero añadiendo también el acceso a la atención bucodental para los discapacitados. Por otro lado, se recogen algunos servicios anteriormente no citados en la normativa vigente, como atención familiar y atención comunitaria; información y vigilancia en protección de la salud; servicios específicos a la adolescencia y grupos de riesgo; o la atención a la salud mental.

– Atención especializada. Se detalla también con más precisión el contenido de las prestaciones, especialmente en el caso de consultas, hospitalización de día médica y quirúrgica, rehabilitación (incluyendo la del sistema cardiovascular y la logopedia), trasplantes, técnicas de reproducción humana asistida y atención a la salud mental. Además, se incluyen servicios no incluidos hasta ahora, como el apoyo a la atención primaria en el alta hospitalaria y hospitalización a domicilio; la atención paliativa; el PET en indicaciones oncológicas; la capsuloendoscopia en algunas indicaciones; la radiocirugía; la hemodinamia; la terapia fotodinámica en determinadas indicaciones; la anestesia epidural para el parto normal; el tratamiento de la obesidad mórbida y los DIU.

– Urgencias. Por primera vez se incluye una cartera específica.

– Productos ortoprotésicos. Está mucho más pormenorizada, tanto en relación a los implantes quirúrgicos como a las prótesis externas, recogiéndose como novedad la inclusión de las sillas de ruedas de aluminio.

– Productos dietéticos. Se detallan las patologías que dan lugar a la utilización de estos productos, habiéndose pormenorizado los trastornos metabólicos de los lípidos.

– Transporte sanitario. Se clarifican las principales situaciones en las que una comunidad se hace cargo del transporte que precisen los pacientes que reciban asistencia en otra distinta.

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