DEPENDENCIA
El entorno familiar es responsable de casi todos los abusos a personas mayores sin protección jurídica
JANO.es · 06 julio 2012
Los casos más frecuentes son la apropiación del dinero de cuentas corrientes, la firma de poderes notariales y la compra-venta de bienes.
“La principal figura jurídica para salvaguardar y proteger los derechos, intereses y patrimonio de las personas mayores es el procedimiento de incapacitación." Así lo manifestó ayer el abogado-socio de DMS Abogados, Pedro Santos, durante la conferencia 'Medidas de protección legal para personas mayores dependientes', organizada por el Grupo Sociosanitario Igurco (Grupo IMQ) en el marco de la cuarta edición de su 'Programa de formación para familiares de personas mayores dependientes'.
El letrado ha diferenciado, en lo concerniente al procedimiento de incapacitación, “la capacidad jurídica del mayor, que se mantiene, de la capacidad de obrar, que pasa a ser responsabilidad de un tutor designado por un juez de primera instancia”.
Tal y como ha explicado Santos, el procedimiento de incapacitación lo puede iniciar “el cónyuge o pareja de la persona mayor, un familiar (hermano, ascendiente o descendiente), la propia persona mayor, un amigo cercano (por denuncia de terceras personas) o el ministerio fiscal”.
En el caso del ministerio fiscal, “éste actúa ante peticiones bien fundamentadas o de oficio cuando hay situaciones de clara desprotección de la persona mayor”. El procedimiento puede durar de media unos diez meses, aunque “varía en gran medida en función del juzgado de que se trate y de la carga de trabajo que tenga”.
Para llevar a cabo el proceso, que dura unos diez meses, el juez escucha y valora todos los informes que sean pertinentes y atiende a diversos testigos (profesionales, amigos, familiares, etc.). Asimismo, “el juez recibe un informe forense que verifica la situación y estado de la persona mayor".
Cuentas corrientes
Santos ha llamado la atención sobre el hecho de que la mayor parte de los abusos a personas mayores sin protección jurídica se producen en la familia, si bien ha puntualizado que, de igual modo, la puesta en marcha de los procedimientos de incapacitación proviene también, en la mayor parte de los casos, de la familia.
“Desgraciadamente, seguimos constatando la existencia de casos en los que los hijos se intentan aprovechar de los intereses de alguno de sus padres. Lo más frecuente es que actúen sobre sus cuentas corrientes, o realicen poderes notariales para poder obrar libremente en su nombre, o hagan operaciones de compra-venta de bienes pertenecientes a mayores”, ha explicado el abogado.