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COPAGO FARMACÉUTICO

El copago farmacéutico se aplica en función de la renta de 2010

JANO.es · 02 julio 2012

Las personas que se han quedado en paro o que, por el contrario, han encontrado trabajo durante el periodo en vigor deberán realizar las solicitudes pertinentes para regularizar su situación.

El sistema de copago farmacéutico, en vigor desde este domingo 1 de julio, se realiza en función de la renta de 2010, último ejercicio fiscal cerrado hasta la fecha. Precisamente hoy es el último día para realizar la declaración de la renta correspondiente a 2011.
Según han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las personas que en este periodo se han quedado en paro o, por el contrario, han encontrado trabajo durante el periodo en vigor deberán realizar las solicitudes pertinentes para regularizar su situación.
El nuevo sistema sitúa a los trabajadores activos en diferentes porcentajes de copago en función de la renta. Así, aquellos trabajadores con ingresos inferiores a 18.000 euros -que no tienen obligación de tributar en el IRPF- y miembros de familias numerosas seguirán pagando el 40% de los medicamentos, mientras que para aquellos que superen esta renta la aportación será de un 50%.
Asimismo, establece la obligación de que los pensionistas paguen un 10% del precio de sus medicamentos. En concreto, aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros no pagarán más de ocho euros al mes, un límite que para los pensionistas con rentas superiores será de 18 euros mensuales. Por arriba, quienes superen los 100.000 euros anuales tendrán el tope en los 60 euros mensuales.

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

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