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FARMACIA HOSPITALARIA

La norma que modifica las pensiones abre la puerta al copago de medicamentos en las farmacias de hospital

JANO.es · 04 diciembre 2012

En el artículo 94 de esta ley, se amplía el concepto de 'prestación farmacéutica ambulatoria' para incluir en él los medicamentos que "se dispensan al paciente mediante orden de dispensación hospitalaria.

El Real Decreto-Ley aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros para modificar las pensiones también ha introducido un cambio en la Ley del Medicamento, por el que se establece que los medicamentos que se dispensan en las farmacias de los hospitales mediante orden de dispensación hospitalaria se equiparan a los que se dispensan a través de receta médica y, por tanto, podrían estar sujetos al copago farmacéutico.
El pasado sábado, 1 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, por el que se modifica el artículo 94 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, relativo a las aportaciones de los usuarios.
En el primer punto de dicho artículo se amplía el concepto de 'prestación farmacéutica ambulatoria' para incluir en él, además de los medicamentos dispensados mediante receta médica, los que "se dispensan al paciente mediante orden de dispensación hospitalaria a través de oficinas o servicios de farmacia".
La llamada 'orden de dispensación hospitalaria' es el documento que se utiliza para prescribir a pacientes no ingresados "medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control, que deban ser dispensados por los servicios de farmacia hospitalaria a dichos pacientes".
Así, al ampliar el concepto de prestación farmacéutica ambulatoria se estaría también ampliando el abanico de medicamentos "sujetos a aportación del usuario", en lo que se conoce como 'copago farmacéutico', como establece el segundo punto del citado artículo.
"La prestación farmacéutica ambulatoria estará sujeta a aportación del usuario", reza el articulado tras su última modificación, para luego detallar los porcentajes de copago según renta estipulados tras la reforma promovida por el Ministerio de Sanidad.
Fármacos contra el cáncer o la artritis precisan orden hospitalaria
Según fuentes parlamentarias, entre los medicamentos que requieren orden de dispensación hospitalaria figuran algunos tratamientos contra el cáncer, la hepatitis C, la artritis reumatoide, la psoriasis o la esclerosis múltiple.
El precio de estos fármacos varía en función de la duración de los mismos y el número de dosis requerida. Por ejemplo, el fármaco para la artritis reumatoide y la enfermedad de Crohn adalimumab cuesta unos 1.127 euros por envase (que incluye dos jeringas de 40 miligramos), pero dado que el tratamiento requiere al menos 6 envases, el coste real asciende a unos 6.762 euros.
Asimismo, algunos tratamientos para la esclerosis múltiple como el interferón beta 1a o 1b, el natalizumab o el fingolimod también requieren orden de dispensación hospitalaria, y el coste medio anual del tratamiento suele ascender a unos 14.500 euros por paciente.
Fuentes del departamento que dirige Ana Mato aseguran que esta modificación "no cambia nada" el sistema de copago que entró en vigor el pasado mes de junio, y que los medicamentos que son de uso hospitalario, como los antirretrovirales, "están exentos de pago".
De igual modo, precisan que los medicamentos para enfermedades graves o invalidantes tienen una aportación reducida por lo que, en caso de estar sujetos a copago, los ciudadanos sólo pagarían un 10% de su valor, con un máximo de 4,13 euros.
Por su parte, en la exposición de motivos del RD-Ley, el Gobierno explicó que el objetivo de esta modificación era "precisar la equivalencia" entre la dispensación mediante receta médica y la dispensación mediante orden de dispensación hospitalaria, ante las "desigualdades" que, según adujo, estaba provocando la existencia de una nomenclatura diferente para el mismo acto de dispensación, "unido al proceso acelerado de cierre de la implantación de la receta electrónica en el Sistema Nacional de Salud (SNS)".

Núm. 289 Sábado 1 de diciembre de 2012 Sec. I. Pág. 83176

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