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Los enfermeros acreditados por Sanidad podrán prescribir medicamentos con receta

JANO.es y agencias · 29 noviembre 2010

El ministerio ha enviado a las comunidades autónomas el borrador del Real Decreto sobre la dispensación de medicamentos por parte del personal de Enfermería.

Los enfermeros tendrán que estar acreditados por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad para prescribir medicamentos que necesiten receta y tendrán que conocer los diferentes grupos de fármacos, sus principios de autorización, indicaciones y uso. Así se desprende del borrador del Real Decreto sobre la autorización en la dispensación de medicamentos por parte del personal de Enfermería, que este ministerio ha enviado a las comunidades autónomas.
La autorización de dispensación se hará de manera autónoma en el caso de los medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mientras que para los que necesiten de prescripción médica será necesaria esta acreditación.
Así, el ministerio otorgará este reconocimiento, previa solicitud del interesado, a los poseedores del título de Grado de Enfermería y los enfermeros con titulación de las especialidades de Enfermería reguladas. La concesión de estas acreditaciones requerirá un informe favorable de la Comisión de protocolos, guías de práctica clínica y asistencial y acreditación.
Asimismo, el personal de Enfermería acreditado deberá poseer competencias en el ámbito de los cuidados generales y de los cuidados especializados en lo referente al conocimiento de los diferentes grupos de fármacos y productos sanitarios, sus principios de autorización, indicaciones y uso, así como los beneficios y efectos derivados de su administración y consumo.
Por otro lado, para hacer efectiva la regulación, el RD prevé la constitución de una Comisión de Protocolos, Guías de Práctica Clínica y Acreditación, que establecerá los criterios y pautas a seguir, y, por otro, la constitución de dos comités técnicos, uno de protocolos y otro de acreditación, que se encargarán de elaborar propuestas en cada uno de sus ámbitos.
Comités Técnicos
La comisión establecerá, con la participación de este ministerio y de las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros, los criterios y pautas para la elaboración de dichas guías y protocolos, así como del proceso de acreditación por el que tienen que pasar los enfermeros para poder realizar la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos. Además, dichas guías y protocolos deberán ser validadas por parte de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
A esta comisión se suma la constitución de dos comités técnicos, uno de protocolos y otro de acreditación, que elaborarán las propuestas en cada uno de sus ámbitos. Estos dos comités técnicos también estarían constituidos por técnicos tanto del ministerio como de las organizaciones colegiales, a los que se sumarían representantes de las comunidades autónomas y sus propuestas tendrán que ser validadas por la comisión. Este real decreto es consecuencia de la Ley 28/2009 del 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos.

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