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Los farmacéuticos catalanes podrán negarse a vender la píldora poscoital

JANO.es · 10 agosto 2009

La Generalitat establece que las solicitantes tengan que superar una entrevista confidencial en las farmacias

La píldora poscoital se dispensará en las farmacias de Cataluña previa entrevista confidencial de la interesada y el farmacéutico, quien tendrá derecho a la objeción de conciencia. Esto figura en el protocolo de actuación que firmaron ayer la Consejería de Salud catalana y el Consejo de Colegios de Farmacéuticos de esa comunidad, con el objetivo de poner las condiciones para que se pueda dispensar este medicamento en las farmacias catalanas.

El documento entrará en vigor cuando la Agencia Española del Medicamento, en septiembre, ponga en marcha la venta en farmacias sin receta de la también conocida como píldora del día después, tal y como anunció el Ministerio de Sanidad en mayo. El procedimiento pretende asegurar un uso seguro y eficaz del fármaco y prevé que el farmacéutico informe y entreviste, en privado y con garantía de confidencialidad, a la clienta. Si no se pueden dar estas condiciones, se desviará a la mujer a otro centro.

El objeto de la entrevista será comprobar que no hayan pasado más de 72 horas desde el momento en que se produjo la relación sexual sin protección, que la mujer no sufra enfermedades como una disfunción hepática o problemas gastrointestinales, y que no esté tomando fármacos contraindicados, entre otros factores que desaconsejan el uso de este medicamento.

La dispensación de esta píldora irá acompañada de recomendaciones sobre salud sexual y consejos preventivos. También se entregará un tríptico informativo y un preservativo, acompañado de instrucciones sobre cómo utilizarlo.

Dispensación a menores de 16 años y objeción de conciencia


En cuanto a los límites de edad, el protocolo admite que este será uno de los factores a tener en cuenta a la hora de dispensar el fármaco sin receta. Aunque el Ministerio de Sanidad no estableció límites de edad para su uso, el documento determina los mismos criterios que siguen los centros catalanes que dispensan desde octubre del 2004 este fármaco. Se podrá vender a las menores de 13 a 16 años que el profesional sanitario considere con la capacidad y madurez suficientes, a una menor de 16 años en adelante o a una menor emancipada.

Si el farmacéutico quiere ejercer su derecho constitucional a la objeción de conciencia, estará obligado a indicar a la clienta el lugar más cercano donde se le pueda suministrar el medicamento, ya sea otra farmacia, un centro de atención primaria o uno de salud sexual y reproductiva. Además, los profesionales están obligados a “una buena acogida de la demanda del fármaco”, independientemente de la edad y de su eventual objeción de conciencia. Deben hacer que la solicitante en ningún caso “se sienta rechazada o juzgada negativamente”.

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